Desde el 2 de junio de 2025 rige el nuevo valor de la Unidad Tributaria (UT) en Venezuela, que pasa de 9 a 43 bolívares, según la Gaceta Oficial N.º 43.140.
El aumento fue oficializado por el Seniat, que precisó que la UT se mantendrá como referencia exclusiva para tributos nacionales bajo su competencia, y no podrá usarse para calcular beneficios laborales ni tasas de otros entes públicos.
Para los impuestos anuales se aplicará la UT vigente al cierre del ejercicio fiscal. En tributos no anuales, se usará la UT vigente al inicio del período, como lo establece el Código Orgánico Tributario.
Este ajuste no afecta otros cálculos salariales o administrativos fuera del marco tributario nacional.
